Naturaleza & Sociedad

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Ritmo Caetano

¿Qué es el Anteproyecto

 

de Ley 23?

 

Los Intereses de las Comunidades Rurales frente a los Intereses Empresariales

 

 

Nuestro territorio nacional tiene 500 ríos, de los cuales 18 van a dar al Mar Caribe, y 33 al Océano Pacífico, ¿y en qué regiones pobladas están y qué usos tienen los ríos?  Bueno, es en la región del Pacífico donde se concentra la mayor cantidad de población del país (un 86%), y los ríos pasan principalmente por regiones de comunidades rurales muy parecidas a las comunidades que habitan cerca del río Cobre, dedicados a la agricultura, la ganadería, y al trabajo asalariado rural.  Son en estas regiones donde sectores empresariales de los Estados Unidos(El Gobierno de E. U., Consorcios Energéticos Internacionales como Unión Fenosa, ENDESA, otros) en asocio con empresarios locales(Eduardo Vallarino, Pipo Virzi, Norberto Delgado, etc.) están desarrollando construcciones de hidroeléctricas sobre los ríos, lo que, como sabemos, desplaza a miles de familias campesinas de sus tierras. ¿Y por qué están desarrollando construcciones de hidroeléctricas los empresarios?  Simple:  para ellos es un negocio. Para nosotros los pobres del campo: una desgracia.

Las hidroeléctricas son para producir energía eléctrica que ellos venderán y venden a países como Estados Unidos y Canadá, que tienen una gran necesidad de energía para seguir siendo potencias y por eso ellos ponen a sus bancos como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo a financiar proyectos hidroeléctricos en nuestros países y otros países de Centroamérica, así como para crear leyes en los gobiernos que le faciliten hacer estos negocios:  este es el caso del Plan Puebla-Panamá, y en lo inmediato el Anteproyecto de Ley 23, el Tratado de Libre Comercio, y el Area de Libre Comercio(ALCA).

El Plan Puebla-Panamá es un gran proyecto de estos bancos y sus dueños, que empezó en 1998 a desarrollarse y uno de sus objetivos es hacer hidroeléctricas en nuestros países, así como también hacer leyes que permitan hacer este negocio menos costoso para ellos; y sacar más ganancia, sin importarles a quienes afectan, dejan sin comida, hogar y tierra.  Es lo que ha pasado en los últimos años en muchos otros países hermanos y empieza a suceder en el nuestro. ¿Y porque pueden hacer esto? Porque tiene a los partidos políticos en el Estado Panameño que hacen y facilitan todo, pues al fin y al cabo ¿quienes son los dueños de los Partidos? A claro, los propios Empresarios.

A partir del año 1990, el gobierno hizo un plan de privatizaciones llamado Plan Ford, bajo la línea del Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que no se pudo aplicar bien por la falta de control político sobre la población;  por eso el gobierno que le siguió, bajo el mando de Pérez Balladares, impulsó el plan, que pasó a llamarse Plan Chapman.  Es así como usando su control político sobre la población, el gobierno del PRD, pudo empezar a aplicar las privatizaciones (Neoliberalismo);  para el sector de la energía eléctrica. Privatizó el IRHE y creó la Ley 6 del 3 de Febrero de 1997 que reglamenta todo lo que tiene que ver con el sector eléctrico (generación, transmisión y distribución); asimismo, creó con la Ley 26 del 1996 el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSP), entidad encargada de negociar los ríos para hidroeléctricas, otros recursos naturales y el sector eléctrico en general.

 

 

El Anteproyecto de Ley 23

El Anteproyecto de Ley 23 tiene 12 artículos, divididos en 4 capítulos, y fue presentado ante la Comisión de Comercio, Industrias, y Asuntos Económicos y remitido a la Comisión de Hacienda Pública, y sometido a la consideración del Pleno de la Asamblea Legislativa, el 2 de Septiembre de 2003, por el Legislador del Circuito 9-4 Fredy Torres.  El anteproyecto se titula "Por el cual se establece un régimen de incentivos para el fomento de Centrales de Generación Hidroeléctrica y otras fuentes nuevas y renovables, y se dictan otras disposiciones".

Según la exposición de motivos del anteproyecto, éste busca, fundamentándose en el Artículo 155, "promover el uso de fuentes nuevas y renovables, para diversificar las fuentes energéticas, mitigar los efectos ambientales, y reducir la dependencia del país de los combustibles tradicionales";  además dice "buscar la generación de empleos y nuevas fuentes de trabajo,  promover el desarrollo y la inversión en áreas rurales deprimidas, expandir la cobertura nacional del suministro de energía eléctrica, utilizar y optimizar los recursos naturales y de esta manera, diversificar las fuentes energéticas produciendo energía limpia".

Señala que en nuestro país existe un uso deficiente de fuentes naturales renovables para la generación de energía eléctrica, y señala que es por causa de que no existen mecanismo de "incentivos económicos apropiados para el financiamiento, construcción y explotación de dichas fuentes".

Confiesa que el anteproyecto busca beneficiar directamente a los inversionistas interesados en la generación de energía limpia "por medio del proceso de compraventa directa, en el cual el primer contrato, que realiza el generador con la empresa de distribución deberá tener una vigencia estipulada, y de esta manera dar más garantía a las entidades crediticias".

Establece que en la etapa de construcción y explotación las "exoneraciones de impuestos de importación, aranceles, tasas, contribuciones y gravámenes, así como el impuesto de transferencia bienes, inmuebles y prestaciones de servicios (ITBMS), que pudiesen causarse por razón de la importación de equipos, máquinas, materiales y repuestos".

En el momento en que fue creado este anteproyecto, la capacidad instalada de energía eléctrica ene el país estaba en los 1055 Megawatts (MW), los cuales correspondían el 51,2% a la generación hidroeléctrica y un 48,8% a producción térmica.  Actualmente con la entrada en funcionamiento de la Central Hidroeléctrica Estí con una producción de 120 MW, el porcentaje hidro subió al 56% aprox. Se destaca que el papel de la producción hidroeléctrica ha disminuido en comparación con décadas pasadas, puesto que se ha instalado en los últimos años equipo de generación térmica en las ciudades de Panamá y Colón.  Además, el crecimiento de la demanda anual energética era de alrededor de 50 MW anuales suficiente según dice hasta los próximos tres años, por ello plantea que se requieren inversiones de mil millones de dólares en el plazo de 10 años, y confirma que se necesitan incentivos adecuados para la realización de dicha inversión.

Establece que es importante la implementación de este anteproyecto, para que en un futuro la falta de energía eléctrica no sea un límite al crecimiento económico, como asegura que ocurrió en otras regiones.

Asegura que la energía producida por estos mecanismos no produce daños al medio ambiente como residuos de dióxido de carbono y otros que afectan la atmósfera por el calentamiento global.

Considera de la producción de energía a través de "fuentes renovables puede reducir el costo de la misma, o por lo menos, estabilizar los precios del consumidor, lo que reduciría los costos de vida y estimulará la industria y el comercio al contarse con mayor certeza de que el suministro de energía será el suficiente para satisfacer los requerimientos de la sociedad en su conjunto".

 

Comentarios del Anteproyecto de Ley

Haremos algunos comentarios centrales sobre los intereses que hemos logrado descubrir detrás de este anteproyecto de ley y sus consecuencias:

1.      Se conoce hoy día las necesidades energéticas de las economías de los países como Estados Unidos, cuyo gobierno ha desarrollado un plan de almacenamiento de recursos energéticos, es decir, como la arriera que en tiempo seco almacena para el invierno.  Pero en este caso, la destrucción creciente de los recursos naturales nos hace ver, en un futuro cercano, que estos tienen un final por tal razón las naciones poderosas, para continuar siéndolo, buscan asegurarse los pocos recursos naturales que quedan, entre ellos el agua.  En el caso de Centroamérica y Panamá, la política energética desarrollada en los últimos 20 años ha sido de traspasar estos recursos de carácter público y social a manos de la empresa privada, lo que los convierte en una mercancía más que sólo la tiene los que pueden pagar por ella, como los países poderosos cuentan con el capital necesario lo adquieren y, en suma, es un negocio en el cual no toman parte ni opinión y ni existen siquiera para las leyes hechas las comunidades afectadas.  Un claro ejemplo de ello es el anteproyecto de Ley 23 donde por ningún lado aparece la existencia de comunidades que habitan a la orilla o dependen directamente o indirectamente de los ríos sobre los cuales pretenden construir proyectos hidroeléctricos, y más bien reafirma y asegura los intereses privados del sector empresarial.

     Con esta visión de desarrollo se limita el papel real de la democracia, la cual dice que el poder reside            en la decisión de la mayoría, pero en el caso del anteproyecto de ley 23, asi como en la ley 6 de 1997,      sólo se aseguran los intereses del empresariado.

2.      En cuanto al Capítulo 1 en la parte de definiciones, del Artículo 2, den anteproyecto intenta definir conceptos como fuentes renovables bajo definición científica de la época desarrollista de los años 60, ya superadas por la Ciencia de la Ecología Política, la cual establece la división de la formas de generación energética de acuerdo al nivel de efectos integrales que tienen sobre los ecosistemas pues en suma toda forma de producción energética supone una alteración del orden natural.

3.      En el objetivo que se proponen "de brindar los adecuados incentivos" a la construcción de las plantas hidroeléctricas en general y otras fuentes renovables supone otro golpe negativo más a la finanzas públicas y por tanto, debilitamiento del Estado Panameño al pensar que la política de incentivo es la solución para disciplinar la conducta poco emprendedora del empresariado local acostumbrada al "juegavivismo", a las ganancias del 200%, lo cual ha tenido como consecuencia en nuestro país un perfecto estado corsario, es decir, rentista, saturado de exoneraciones de impuestos y el peso de esto sobre las mayoría de la población.  No en vano en nuestro país se encuentra en la lista negra de la OCDE y GAFI, y señalado como un centro de evasión de impuestos y otras actividades sólo lícitas en nuestra ilegalidad económica.

4.      El anteproyecto supone el otorgamiento de certificados de reducción de emisiones de carbono, lo cual significa promover la irresponsabilidad de la contaminación con el dióxido del carbono por parte de las empresas transnacionales que son responsables de la actual destrucción de la capa de ozono del planeta.

5.      En los términos que establece las concesiones y licencias, sigue reafirmando el principio de la marginación de derechos de opinión y decisión a las comunidades afectadas

6.      El anteproyecto reafirma la visión insustentable del Plan Puebla-Panamá al referirse que al mismo es como un complemento para el funcionamiento del Sistema de Interconexión Nacional (SIN) parte integral del Sistema de Interconexión Eléctrica de los Países de América Central (SIEPAC).

7.      Debemos señalar que el anteproyecto de ley parte de una deficiente visión científica al no partir de la planificación de las necesidades reales de la producción de energía eléctrica para la economía panameña dentro de los criterios de seguridad ambiental y soberanía energética, concepto fundamental dentro de una democracia y una institucionalidad seria.

8.      El argumento citado de que la producción hidroeléctrica reducirá el precio de la tarifa de energía eléctrica carece totalmente de fundamento pues la regla de la economía capitalista, y dentro del marco de los actuales contratos del sector energético anulan totalmente esa posibilidad.  Sobre todo cuando el desarrollo de proyectos hidroeléctricos en nuestro país obedece a satisfacer a la demanda externa, lo cual es uno de los objetivos del sector eléctrico dentro del los lineamientos del Plan Puebla-Panamá.

9.      En cuanto a las consideraciones de que generará más empleos y nuevas fuentes de trabajo, promoción de desarrollo en áreas rurales deprimidas, lo vemos como un punto demagógico en cuanto que no existe desarrollo sin planificación, consulta y decisión de la mayoría que se ve marginada jurídica y políticamente de las decisiones del estado en materia de política energética, y cuando no burlados con la llamada "consultas de la sociedad civil".

10.  Finalmente nos parece que el anteproyecto de ley 23, fuera de estas consideraciones y muchas otras que no hacemos aquí, contribuye como un mecanismo jurídico a profundizar al exclusión social, propia de la política económica neoliberal que se han venido desarrollando en el país durante los últimos 20 años, el cual ha ocasionado la involución de nuestro sistema democrático, hecho más pobre al pobre y más rico al rico.  Sistema que el Papa Juan Pablo II ha denunciado como "salvaje".  Destructor de vida, familias y países, y culturas enteras.